La Corte bonaerense ordenó analizar el caso de una mujer que pidió acceder a la eutanasia

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En un fallo que podría marcar un hito en el debate sobre el derecho a una muerte digna en Argentina, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió ayer ordenar la tramitación de un amparo presentado por María del Carmen Ludueña, una mujer de 63 años que, postrada en una cama desde hace siete años por una enfermedad autoinmune incurable, solicita acceso a la eutanasia para poner fin a sus dolores crónicos e intensos.

La decisión revoca los rechazos previos de instancias inferiores y obliga a un nuevo juzgado a examinar el caso en profundidad, pese a la ausencia de legislación nacional que regule la práctica.

María Ludueña, vecina de La Reja en el partido de Moreno, padece artritis reumatoidea poliarticular, seropositiva y erosiva en curso grave, diagnosticada en 2001. Su condición la ha dejado completamente paralizada, dependiente de familiares para las tareas más básicas: desde alimentarse hasta acomodarse para dormir.

“Cualquiera que pase 24 horas como yo pediría lo mismo”, confesó Ludueña a Infobae en una entrevista reciente, con voz cargada de agotamiento y lucidez. “Yo solo pido clemencia y que alguien me escuche”, pidió.

Sus dolores, resistentes a analgésicos, corticoides e hidroxicloroquina, la acompañan las 24 horas del día, convirtiendo su existencia en una “agonía interminable”, según describe su defensor oficial, Edgardo Pablo Molins.

El camino

El calvario judicial de Ludueña comenzó en noviembre de 2024, cuando presentó un recurso de amparo solicitando “asistencia médica para morir”, respaldado por la Ley 26.529 de Derechos del Paciente y la Ley 26.742 de Muerte Digna.

Sin embargo, tanto un juzgado de primera instancia en San Isidro como la Cámara de Apelaciones de San Martín rechazaron la petición in limine –de antemano–, argumentando la inexistencia de una norma que avale la eutanasia activa en el país. Esos fallos, criticados por la Corte como “despóticos” y contradictorios, no analizaron el sufrimiento concreto de la demandante, limitándose a invocar el vacío legislativo.

La resolución de la Suprema Corte, firmada por los jueces principales, declara fundado el recurso y remite el expediente al Departamento Judicial de Mercedes para un tratamiento de fondo. “La Cámara incurrió en una profunda contradicción al reconocer la sensibilidad del caso, mientras clausura despóticamente el asunto en su instancia inaugural”, reza el fallo, que enfatiza la violación al acceso a la justicia y derechos constitucionales como la autonomía de la voluntad, la dignidad humana y el derecho a la vida.

No obstante, los magistrados aclaran que su decisión invita a un “debate profundo” pero no garantiza la autorización de la eutanasia: “La satisfacción del interés de la demandante requeriría una modificación legislativa profunda, necesariamente precedida de un amplio debate social y de profesionales especializados”.

El caso Ludueña irrumpe en un contexto de creciente tensión legislativa sobre la eutanasia en Argentina. Actualmente, hay cinco proyectos de ley en el Congreso para legalizar la asistencia médica para morir, entre ellos el impulsado por el gobernador mendocino Alfredo Cornejo (UCR), que permite la eutanasia activa para mayores de 16 años con enfermedades graves e incurables, y otro del diputado Miguel Ángel Pichetto (Hacemos Coalición Federal), que incluye requisitos de residencia y comisiones médicas provinciales.

Sin embargo, todos estos textos perderán estado parlamentario a fines de 2025 si no avanzan, dejando el tema en un limbo que contrasta con avances regionales: Uruguay aprobó esta semana su ley de “muerte digna”, convirtiéndose en el primer país sudamericano en regular la eutanasia, mientras Colombia y Ecuador han emitido fallos judiciales favorables.

Uruguay aprobó la Ley de Muerte Digna y legalizó la eutanasia