El Juzgado Federal de Eldorado, a cargo del magistrado Miguel Ángel Guerrero, concedió en las últimas horas la extradición a su país de un brasileño que en junio fue detenido en Puerto Iguazú al contar con un pedido de captura internacional en su contra por participar de una mega maniobra de estafa piramidal con criptoactivos.
Según consignaron desde el Ministerio Público Fiscal de la Nación, el extranjero fue detenido el 23 de junio y se sospecha que habría actuado como bróker financiero en un esquema estafa piramidal con criptoactivos articulado en Brasil que alcanzó a desviar más de 4 millones de reales.
La mega causa se investiga en Brasil como “el caso Braiscompany”, debido al nombre de la empresa encargada del fraude, se originó en Campina Grande, estado de Paranaíba, unos 930 kilómetros al norte de la Triple Frontera, aunque tuvo alcances en distintas localidades del país vecino.
Se estima que la firma operaba como una financiera, recibiendo y gestionando contratos de inversión colectiva, bajo el pretexto de generar réditos extras pero, en determinado momento, los encargados del ardid se apoderaron del dinero depositado, dejando un tendal de damnificados en el camino.
Los máximos apuntados por esta maniobra fueron identificados como Antonio Neto Ais y Fabrícia Farias Campos, quienes figuraban como dueños Braiscompany, quienes permanecen en condición de prófugos.
Tres de sus cómplices, entre ellos el bróker ahora extraditado, también pretendieron huir pero no llegaron lejos ya que el 23 de junio fueron detenidos en la localidad misionera de Puerto Iguazú.
Desde ese momento permanecieron a disposición del Juzgado Federal a cargo del magistrado Guerrero y de la Fiscalía Federal de la misma jurisdicción, cuya titular es Liliam Delgado.
Ahora, tras los trámites correspondientes, uno de los detenidos será extraditado y quedará en manos de la Justicia brasileña para responder en su país por los delitos que le atribuyen.
Desde el MPF señalaron que “durante los alegatos vertidos en el proceso de extradición, la fiscal Delgado y el director Solernó (de la Dirección General de Cooperación Regional e Institucional (DIGCRI) de la Procuración General de la Nación), sostuvieron que correspondía conceder la extradición conforme las previsiones de la Ley 24.767, de Cooperación Internacional en Materia Penal, y el respectivo Tratado de Extradición suscripto con la República Federativa del Brasil”.