Un médico de Buenos Aires fue condenado por el abusos perpetrados contra seis niños en el marco de un juicio por la verdad y, si bien no irá preso porque la causa está prescripta, la sentencia se transformó en una de las primeras en su tipo en la Argentina y resulta reparadora para las víctimas.
El implicado se trata del médico Alberto Cirulnik, actualmente de 73 años, quien fue declarado culpable por el abuso sexual en la infancia a seis personas en un fallo firmado el 30 de noviembre por el magistrado Edmundo Rabbione, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 41 de CABA.
Los delitos que le endilgaron fueron violación, abuso simple, corrupción de menores y abuso deshonesto, agravados por ser encargado de guarda. Las víctimas tenían entre 8 y 14 años.
La causa contra Circulnik comenzó a partir de la denuncia radicada por tres víctimas, aunque luego el número de damnificados superó la veintena y se estableció que el médico cometió abusos bajo un manto de impunidad durante 40 años, dado que hubo personas que refirieron haber sido agredidos sexualmente en la década de los 70, 80 y 90.
Los hechos fueron cometidos en la Escuela ORT de la CABA, en el colegio Sholem Alejjem de Palermo, en el Club Centro Comunitario Kadima de Moreno y en su consultorio particular de Almagro.
La demanda contra el médico fue presentada por las abogadas Nadia Rivas y Andrea Quaranta, quienes fueron conscientes de que la causa penal era difícil por la imposibilidad de aplicar un retroactivo de la ley 27.206 de “Respeto a los tiempos de la víctima”, sancionada en 2015, entre otros factores, aunque dieron de igual manera la dieron curso hasta que decidieron ir por el juicio por la verdad “para desarmar la impunidad del médico”, según expresaron a DiarioAr.
Los juicios por la verdad consisten en un procedimiento judicial sin efectos penales cuyo origen está vinculado a la imposibilidad de perseguir penalmente a los responsables de los crímenes de lesa humanidad que ocurrieron durante la última dictadura cívico-militar como consecuencia de las leyes de Obediencia Debida, de Punto Final e indultos aplicados en su momento.
Ante ese panorama, organismos de derechos humanos encontraron en los juicios por la verdad la estrategia perfecta para sortear esa impunidad y una lógica similar aplicaron luego los abogados de víctimas de delitos sexuales que habían prescripto por el paso del tiempo.
Según añadió DiarioAr, hasta el momento son pocas las sentencias dictadas en juicios por la verdad y hasta el momento ninguna se encuentra firma.
De igual manera, el fallo emitido por el Juzgado 41 de Caba se convirtió en un precedente jurídico para causas por delitos sexuales prescriptos, es decir, cometidos antes de 2015, cuando salió la ley 27.206.
En el fallo, el magistrado Rabbione sostiene que está “acreditada la ocurrencia de cada uno de los hechos puestos en conocimiento por los denunciantes” y consideró que “se trata de múltiples acusaciones efectuadas por personas que interactuaron con el acusado en diferentes ámbitos y épocas”.
La sentencia además ordena medidas reparatorias para las víctimas, como la publicación del fallo en el Boletín Oficial y en el Centro de Información Judicial (CIJ); la comunicación a los ministerios de Salud y Educación para que actúen en consecuencia y exhorta a la ORT a adoptar medidas para prevenir situaciones de abuso.