El gobierno publicó este lunes un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) mediante el cual busca acelerar la aplicación del sistema acusatorio en todo el país y dispuso que su implementación quede a cargo del Ministerio de Justicia, quitándole esa facultad a la comisión bicameral que funciona en el Congreso y que fue creada especialmente para tal fin.
El DNU 188/2024 firmado por el presidente Javier Milei fue publicado hoy en el Boletín Oficial y le otorga al ministro Mariano Cúneo Libarona atribuciones para avanzar en la implementación del Código Procesal Acusatorio, que asigna la misión de investigar a los fiscales y reduce el rol de los jueces a controlar las garantías en la tramitación de la causa.
De manera consecuente, la resolución le quita a una comisión bicameral creada especialmente para la implementación del nuevo código la facultad de establecer el cronograma de aplicación del sistema acusatorio en la Justicia, facultades que ahora quedarán en manos de la cartera presidida por Cúneo Libarona.
“La postergación indefinida de la entrada en vigencia del referido ‘Código Procesal Penal (T.O. 2019)’ impide hacer efectivo el proceso de reforma judicial iniciado hace casi una década y trae graves consecuencias que impactan negativamente en la modernización, la eficiencia y el correcto desempeño de los órganos de justicia del Estado Nacional”, justificó el gobierno en el DNU.
Es urgente avanzar con el esquema de implementación del Código Procesal Penal Federal, que moderniza y mejora el funcionamiento de la justicia penal federal. Por eso, el presidente @JMilei firmó un DNU que corrige y acelera el sistema de implementación. ABRO HILO 🧵 pic.twitter.com/OpaLIqITJG
— Mariano Cúneo Libarona (@m_cuneolibarona) February 26, 2024
El nuevo Código Procesal Penal Federal fue aprobado en 2014 mediante la sanción de la Ley 27.063 y a la par se creó una comisión bicameral para que se encargase de su aplicación progresiva en todas las jurisdicciones del país, pero a día de hoy solo rigen en Salta y Jujuy.
“La falta de definiciones respecto del cronograma de implementación prolonga una situación anómala, caracterizada por la coexistencia de dos sistemas procesales disímiles en el orden federal y en el nacional. La duplicidad de legislaciones provoca un trato dispar a las personas imputadas, en particular en lo que respecta a su derecho a ser juzgadas en un plazo razonable y sin dilaciones indebidas”, continúa el gobierno con sus argumentos en el DNU.
Y resuelve: “La gravedad institucional de la situación imperante justifica redefinir las funciones asignadas oportunamente a la COMISIÓN BICAMERAL DE MONITOREO E IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (del Congreso) que, en lo sucesivo, velará por la armonía y unificación de las propuestas de modificaciones a la legislación relacionada a la reforma procesal penal federal (…) Así el PODER EJECUTIVO NACIONAL, por medio del MINISTERIO DE JUSTICIA, asumirá las competencias y funciones de implementación del CÓDIGO PROCESAL PENAL FEDERAL (…). Las modificaciones señaladas no implican reformas de carácter penal, sino que proyectan sus efectos inmediatos y necesarios sobre la organización y el funcionamiento de las instituciones que conforman el sistema de justicia penal federal”.
De esta manera, será ahora el Ministerio de Justicia el que establecerá el cronograma para la implementación progresiva del nuevo sistema y diseñará tanto las propuestas de readecuación edilicia como de recursos y de personal. También creará un consejo asesor institucional y consultivo con representantes del Consejo de la Magistratura, los colegios de abogados, las asociaciones de magistrados y fiscales y defensores, gremios y actores de la sociedad civil.