Werner Lutz: un siniestro fatal y el debate entre el dolo y la culpa

Werner Lutz. FOTO: Gentileza @mmo_marcos

 

Era el 20 de agosto de 2016 y en Posadas, sobre la ex ruta provincial 213, ahora llamada Alicia Moreau de Justo, y su intersección con avenida Las Américas, el motociclista Fernando Vázquez (24) era embestido desde atrás, acabando 68 metros más adelante, sin vida, producto de un desnucamiento y múltiples traumas en otras partes del cuerpo.

El automóvil que lo embistió se trataba de un Ford Fiesta Kinetic, conducido por Julio Werner Lutz, otro joven de casi la misma edad.

La investigación posterior determinó que el implicado venía conduciendo a gran velocidad (la pericia marcó un mínimo de 99,05 kilómetros por hora, sus acompañantes vieron 130 en el tablero), cruzando semáforos en rojo y testimonios apuntan que, previo al hecho, fumó “un porro” y tomó cerveza, aunque su estado de intoxicación etílica nunca pudo ser determinada fehacientemente porque se negó al test de alcoholemia.

El hecho ocurrió meses después de la sanción de la ordenanza de tolerancia cero de alcohol al volante en Posadas y en medio de una seguidilla de siniestros fatales ocurridos ese mismo año y en circunstancias similares como los que involucraron a los automovilistas Rocío Santa Cruz (31 de enero); Gastón Brunner (13 de febrero); Ángel Martínez (29 de mayo); y la “adolescente del Mini Cooper” (23 de agosto).

En este contexto, en dos de estos casos, las fiscales intervinientes decidieron aplicar el componente del dolo en sus respectivas acusaciones. Primero Gastón Brunner fue imputado por “homicidio simple con dolo eventual” y poco después Werner Lutz fue acusado por “homicidio simple” e incluso permaneció 14 meses detenido con prisión preventiva.

Ambos expedientes llegaron a juicio este año y los dos culminaron en sentencias por homicidio culposo. El último caso en ventilarse en debate fue el que involucró a Werner Lutz, quien entre el lunes y el jueves se sentó en el banquillo de los acusados ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, integrado por los magistrados Gustavo Bernie (presidente), Viviana Cukla y Miguel Mattos (por subrogancia legal).

En la primera audiencia el imputado declaró y -por primera vez- contó, acompañado de certificados médicos, que en 2019 fue notificado de la presencia de un tumor cerebral que comprimía el nervio óptico de su ojo izquierdo, provocándole pérdida de “visión periférica”. También sostuvo el diagnóstico alegaba que la enfermedad tenía un proceso evolutivo de cuatro años años, es decir, desde 2015, un año antes del siniestro fatal por el cual enfrentaba a la Justicia.

A lo largo de las cuatro audiencias declararon siete testigos, entre ellos Florencia Wille Bille y Sabina Chávez, las dos chicas que iban con él en el Ford Fiesta al momento del hecho, cuyos testimonios prácticamente sentaron las bases de la acusación por homicidio simple enrostrada en la etapa de instrucción.

En el debate, ambos fueron coincidentes al señalar que ese día el acusado consumió cervezas, que condujo a gran velocidad, que cruzó semáforos en rojo y que varias veces fue advertido de la presencia del motociclista que finalmente fue embestido por la ex ruta 213. Una de ellas, además, dijo que en ese momento Werner Lutz pareció estar “en shock”.

“Él (por Werner Lutz) no frenó. Se veía perfectamente todo, por eso le empezamos a gritar ‘el chico, el chico’, pero nunca frenó”, recordó Wille Bille, mientras que a su turno Chávez expresó que “unos 50 metros antes le advertí que estaba la moto estacionada, que estaba el chico, pero no sé que pasó. Yo lo noté en shock, como que no escuchaba, no se movía. Yo creo que no lo vio”.

El juicio a Werner Lutz se desarrolló entre el lunes y el jueves en el Palacio de Justicia.

Alegato fiscal y el cambio a homicidio culposo

Culminada las testimoniales, llegó el momento de los alegatos y la discusión respecto al dolo o la culpa volvió a ocupar un rol protagónico y determinante, ya que de mantenerse la acusación inicial, de homicidio simple, Werner Lutz se exponía a una posible pena de 8 y 25 años de prisión, lo que marcaría un hito en la historia judicial de Misiones respecto a la resolución de causas por hechos viales.

Sin embargo, nada de ello ocurrió, dado que el fiscal Martín Rau modificó la calificación legal para acusar al implicado por homicidio culposo y pedir 5 años de prisión en su contra.

Pero su exposición fue clara, detallada y extensa, ya que -según sus propias palabras- aprovechó el carácter público que tuvo el debate realizado en el SUM del Palacio de Justicia para explicar su pedido a la sociedad.

El resumen de su alegato es que no pudo dar por acreditado el dolo, es decir, la intención de matar, pero su fundamentación dejó varias frases destacadas.

“Si uno procede a analizar la declaración de Wille Bille de manera aislada podríamos pensar en una conducta de corte doloso, si llegamos a objetivizar el dolo. Yo no quiero incurrir en esa objetivización, yo soy de pensar que en este tipo de situación tiene que ser resuelta mediante el componente subjetivo que tiene el dolo y en esta instancia, en mi opinión, eso debe ser certeramente probado (…) Este testimonio lo hace desde su subjetividad y no me permite a mí acreditar certeramente que desde la subjetividad propia del imputado eso haya sido recibido de esa manera (…) No se puede atribuir de manera certera una conducta dolosa en la cabeza, en la faz interna de él (por Werner Lutz)”, sostuvo Rau.

A partir de allí, puso sobre el tapete lo relacionado al factor duda y al diagnóstico médico del imputado, resaltando además el testimonio de Chávez: “Yo tengo que analizar la duda a favor de Lutz. Yo creo que se han acompañado constancias que me permiten por lo menos mantener un umbral de duda respecto a esta situación del elemento cognitivo doloso, en relación a si vio o no a la moto detenida. Esta duda se me ve reforzada con el testimonio de Chávez. Pero esta duda funciona respecto a la conducta dolosa, no a la culposa, que es lo que voy a peticionar”.

El fiscal Martín Rau expuso un alegato que se extendió durante una hora.

Y también dedicó buena parte de su exposición a explicar que “los elementos del caso” (consumo de bebidas y/o estupefacientes, exceso de velocidad y cruce de semáforos en rojo) no podían ser considerados como indicios de dolo porque en la reforma realizada al Código Penal en 2017 todo ello fue añadido como agravante del homicidio culposo, conformando lo que ahora se denomina como “culpa temeraria”, trazando por momentos un paralelismo con el proceso de revisión de la sentencia dictada contra Sebastián Cabello en Buenos Aires.

“Yo no puedo dejar de observar en este conglobado que todas estas circunstancias que antiguamente formaron parte de la consideración y la discusión, que viene desde hace muchísimo tiempo, sobre que estos elementos, es decir, el consumo excesivo de alcohol, el uso de estupefacientes, la velocidad excesiva, incluso el abandono hipotético, siempre fueron un indicio indicativo de un dolo en la conducta fueron sustraídas de ese ámbito por vía legislativa”, profundizó Rau.

Y avanzó en su postura: “Todos estos elementos que antiguamente la doctrina y la jurisprudencia discutían sobre si eran elementos integrantes del dolo o de la culpa el legislador recientemente dijo: esto es culpa temeraria”.

Y quedaba un argumento más, dado que esa reforma a la que Rau hizo mención significó además un aumento en las penalidades, que pasó de 2 a 3 años para la mínima y de 5 a 6 para la máxima, pero su reglamentación fue posterior al hecho en tela de juicio y, por ende, imposible de aplicar.

“No puedo aplicarle el artículo agravado a él (por Werner Lutz) porque no estaba vigente al momento del hecho, pero sí me sirve como indicio de que el legislador ha dicho que esto forma parte de un accionar culposo y no doloso”, redondeó.

Ante todo lo expuesto, Rau concluyó que “lo que yo creo es que lo que sí ha quedado acreditado es que hubo una conducta de conducir grave, consistente en una grave violación o una gran infracción al deber de cuidado en una conducción imprudente, negligente, inexperta y antirreglamentaria”.

Así, el representante del Ministerio Público Fiscal procedió a solicitar la pena de 5 años de prisión efectiva para Werner Lutz, argumentando que “para pedir este monto he analizado la repercusión social del caso y la gran imprudencia de subirse así a un auto y conducir de esa forma”.

Más tarde, y después de también oír los alegatos de la defensa, el Tribunal Penal Uno, por mayoría (votos de Bernie y Mattos), decidió declarar al imputado autor del delito de homicidio culposo y condenarlo a 4 años de prisión y 10 de inhabilitación, penas que se harán efectivas una vez que la sentencia quede firme.

El TP Uno estuvo presidido por Gustavo Bernie e integrado por Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante).

 

FOTO PRINCIPAL: Gentileza Marcos Otaño – @mmo_marcos