Este martes se cumplieron 16 años de la primera vez que se aplicó la Cámara Gesell en un caso judicial en Misiones. La herramienta está destina a preservar a las víctimas de abuso sexual y evitar su revictimización en un procedimiento donde deben prestar declaración testimonial.
El procedimiento establece que la toma de declaración de los testimonios a menores (niñas, niños y adolescentes) de 16 años se realice en privado, que sea dirigido por una gabinete psicológico y monitoreado por las autoridades y partes intervinientes desde el exterior a través de una pantalla con imagen y sonido.
Además de garantizar el debido proceso, el objetivo central de la Cámara Gesell es evitar el proceso conocido como “victimización secundaria”, que tiene lugar cuando los sujetos víctimas o testigos de un delito se ven obligados a evocar una y otra vez la agresión vivida, en las numerosas declaraciones que deben prestar a lo largo del procedimiento judicial, experimentando repetidamente el trauma y la estigmatización.
La primera vez que se aplicó la medida se dio el 19 de febrero de 2008, cuando la Justicia le tomó declaración testimonial a un niño de 10 años cuyos hermanos habían sido víctimas de abuso sexual en el interior de un transporte escolar durante el trayecto comprendido desde su casa hasta el colegio en Posadas.
Esa causa llegó a juicio varios años después y culminó en una sentencia de 20 años de prisión para los transportistas identificados como Lucía del Carmen Olmo (63) y su hijo Fabio Durán (37), quienes fueron declarados responsables de los delitos de “abuso sexual gravamente ultrajante y corrupción de menores agravada”. El fallo fue ratificado en 2017 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
Historia y funcionamiento
La Cámara Gesell fue creada por el pediatra y psicólogo estadounidense Arnold Lucius Gesell (1880-1961) y en Misiones fue aprobada como herramienta probatoria a partir de la Acordada N° 16 firmada en 2008 por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.
Con la iniciativa, se conformó un equipo de trabajo interdisciplinario integrado por médicos legistas, laborales, clínicos, ginecólogos, psicopedagogos, especialistas en traducción de lenguas de señas argentinas y psicólogos.
Estos últimos tienen como funciones primordiales solicitar la elaboración de informes periciales basados en una serie de técnicas aplicadas por el profesional correspondiente (entrevistas, aplicación de técnicas psicométricas y proyectivas, hora de juego diagnóstica, etc.), además, realizar entrevistas en Cámara Gesell, a solicitud del juez, orientadas a la obtención de una declaración testimonial.
El profesional a cargo de la entrevista puede contar con los medios que considere necesarios para la entrevista, como juegos, muñecos, elementos para la realización de gráficos.
El Juez o Funcionario, en tanto, puede comunicarse con el entrevistador y es el único habilitado a tal efecto, transmitiendo preguntas o sugerencias mediante la comunicación por computadoras, disponibles en la sala de entrevista y en la sala de observación. El psicólogo evalúa la pertinencia de la misma o el momento en que se la transmitirá al entrevistado.
Con la finalidad de obtener las declaraciones testimoniales, la sala de entrevista tiene instalada de forma oculta varias cámaras y micrófonos para la transmisión y recopilación de datos. Las entrevistas se graban en tiempo real con el fin de resguardar la información en caso de contingencia y posteriormente pueden ser utilizadas como pruebas y reproducidas en debates orales.