La aplicación del Índice Crianza, instrumento creado en julio de 2023 y catalogada como una herramienta pionera en la materia a nivel mundial, se abre paso en los fallos judiciales de todo el país y Misiones no es la excepción, dado que el juzgado multifuero de Apóstoles ya dictó una sentencia de cuota alimentaria fijando valores a partir de este método de medición.
El Índice Crianza consiste en una valorización mensual efectuada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), que funciona ajustada a la inflación y que sirve como para referencia para saber cuánto destinan las familias a alimentar, vestir, garantizar vivienda, trasladar y cuidar niños, niñas y adolescentes.
La herramienta sirve, además, para prever la gestión y el costo de los cuidados, como así también para distribuir los gastos de crianza de forma más igualitaria, especialmente en los procesos de separación de las parejas o luego de la separación.
El instrumento fue creado en julio de 2023 bajo lineamientos del entonces ministro de Economía de la Nación Sergio Massa y surgió como respuesta a un relevamiento cuyo informe final arrojó el dato de que casi siete de cada diez mujeres separadas y con hijos que respondieron la encuesta no recibían obligación alimentaria o solo la percibían eventualmente.
Para noviembre del año pasado, el Índice Crianza ya había sido utilizada en al menos 22 fallos dictados por la Justicia en un total de 11 provincias y en más de la mitad de los casos se utilizó para actualizar la cuota alimentaria fijada previamente, con aumentos de un 250%, en promedio.
En la web del ministerio de Economía aparece un listado de 19 fallos emitidos por diferentes jurisdicciones judiciales entre los cuales no aparece Misiones, pero lo cierto es que en la tierra colorada también se aplica el Índice Crianza y un caso testigo corresponde a una sentencia emitida por el Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar de Apóstoles, a cargo del magistrado Juan Manuel Lezcano.
Según información recabada por Será Justicia, la resolución fue dictada en septiembre del año pasado y el fallo no fue apelado por las partes involucradas, ante cual se encuentra firme.
En el caso en cuestión, una mujer estaba a cargo de una niña menor de edad reclamaba como cuota alimentaria un valor ajustado a una proporción del Salario Mínimo Vital y Móvil, aunque el magistrado Juan Manuel Lezcano consideró que lo más razonable era establecer la variable a partir del Índice o Canasta Crianza.
“Que si bien la actora en la presente causa solicita la cuota en proporción a un Salario Minimo Vital Y móvil, considero mas equitativo establecer la misma en el 25 % de la Canasta de Crianza publicada por el Indec, lo que equivale actualmente a $155.916”, planteó el juez en su escrito firmado el 19 de septiembre del año pasado.
Y argumenta: “Ello así, dado que la sujeción irrestricta al principio de congruencia, podría conllevar un avasallamiento a otros tantos principios, cuyo valor son de tal magnitud que, frente a su ponderación, nos impone la flexibilización del primero, en el caso, el interés superior del niño”.
En esa línea, añade que “cuando existe un conflicto entre la tutela judicial efectiva y el principio de congruencia, la preferencia vuelve a enmarcarse en la necesidad de recurrir a una exposición razonada. Esto no es ni más ni menos que la construcción de una justificación racional que pueda brindar una argumentación sólida que permita validar la decisión e importa que la tutela judicial efectiva, en el caso planteado, tiene como contrapartida el resguardo del principio de la solidaridad familiar y la protección de derechos alimentarios de dos niños”.
De esta manera, impuso al demando la obligación de cumplir hasta 2037 con una cuota alimentaria regida por la canasta calculada por el Indec, lo cual permite que los montos sean ajustados mensualmente de acuerdo a la inflación y no pierdan su valor con el paso del tiempo.