La Corte Bonaerense reconoció a repartidores de Apps como trabajadores en relación de dependencia

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La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dejó firmes sentencias laborales que encuadran a repartidores de plataformas digitales como trabajadores en relación de dependencia, al rechazar recursos extraordinarios presentados por empresas del sector.

La decisión impacta en causas vinculadas a firmas como Rappi y PedidosYa, donde tribunales laborales inferiores habían determinado que las tareas realizadas por los repartidores reúnen las condiciones propias de un vínculo laboral formal.

Según se desprende de los expedientes, los jueces de instancias previas consideraron acreditadas las notas típicas de la relación de dependencia, entre ellas la prestación personal de servicios, la ajenidad y la organización del trabajo bajo parámetros fijados por las plataformas. En ese marco, concluyeron que las empresas no lograron desvirtuar la presunción de laboralidad.

El máximo tribunal bonaerense no ingresó al análisis de fondo de la cuestión, sino que rechazó los planteos por cuestiones procesales. Sin embargo, esa resolución dejó firmes los fallos que habían sido apelados, consolidando el criterio adoptado por la justicia laboral en esos casos.

Las sentencias también incluyeron la validación de sanciones impuestas por organismos de fiscalización laboral por falta de registración de trabajadores, lo que refuerza la potestad estatal para controlar este tipo de actividades.

El alcance del pronunciamiento se limita a los casos analizados, aunque fija un antecedente relevante en la provincia de Buenos Aires en torno al encuadre jurídico de los trabajadores de plataformas. La discusión sobre la naturaleza del vínculo laboral en este sector continúa abierta a nivel nacional y podría escalar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.